Como solicitar la nueva ayuda a autónomos de la Junta de Andalucía

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La fecha límite para solicitar los 300 euros será 15 días después de que se declare finalizado el estado de alarma.

Estos son los pasos a seguir, según informó la Junta de Andalucia:

“Desde el 17 de abril se puede solicitar la nueva ayuda a trabajadores y trabajadoras autónomos puesta en marcha por la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía para apoyar a un colectivo tan importante para el tejido productivo andaluz en estos momentos de dificultad”, reseñó la Administración andaluza.

Se trata de subvenciones de 300 euros que se realizará en un único pago y se concederán hasta que se agote el presupuesto de 50 millones de euros, pudiendo beneficiar a más de 166.000 autónomos de Andalucía, entre ellos 38.000 mutualistas que quedaban fuera de las ayudas del Gobierno central.

El Gobierno andaluz ha incluido como beneficiarios a profesionales considerados como esenciales pero que han visto notablemente reducidos sus ingresos por el estado de alarma y la crisis sanitaria y que quedaban excluidos de las medidas adoptadas por el Gobierno central.

¿Quién puede pedir esta ayuda?

Los autónomos y mutualistas que trabajen en servicios esenciales y que han visto reducida su actividad durante la crisis sanitaria, además de los socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado que estén dados de alta como autónomos.

En este enlace se pueden consultar todos los códigos CNAE de las actividades subvencionables.

La Junta especificó que “son 99 profesiones entre las que están sanitarios (odontólogos, fisioterapeutas, logopedas,…), centros o clínicas veterinarias, ópticas y productos ortopédicos, cultivos no perennes, prensa y papelería, tintorerías, taxis, sector artesanal (fabricación de papel, vidrio, productos de madera, hierro, instrumentos musicales, etc.), abogados, procuradores, intérpretes, psicólogos, profesionales del sector de la flor cortada, fabricantes de quesos, actividades de servicios sociales sin alojamiento para personas mayores y con discapacidad, fotografía, textil y confección, telecomunicaciones, restaurantes y puestos de comida a domicilio, etc.”.

¿Dónde se puede pedir la ayuda?

La nueva ayuda para trabajadores y trabajadoras autónomos que ha puesto en marcha la Junta de Andalucía puede solicitarse desde hoy rellenando un formulario en este enlace de la página web de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo. Sólo se puede presentar la solicitud por esta vía telemática y es necesario tener certificado digital para hacerlo.

Las personas que no tengan este certificado pueden encontrar información sobre cómo solicitarlo en este enlace.

La Junta recordó que “actualmente, para completar esta solicitud es necesario dirigirse presencialmente a una oficina de registro acreditada; en el caso de Almería es posible hacerlo en el registro de la Delegación del Gobierno de la Junta, situado en la calle Arapiles, 10-12 de la capital almeriense (no es necesario pedir cita previa, la atención es de 9:00 a 14:00 horas,) y también en la Oficina de Atención al Ciudadano de la Subdelegación del Gobierno central (es necesario pedir cita previa en el correo personal_oiac.almeria@correo.gob.es); hay otros muchos puntos acreditados, como ayuntamientos, oficinas de la Cámara de Comercio, etc. (buscador en este enlace) pero es conveniente consultar previamente si están abiertos en estos momentos antes de desplazarse”.

Estos son los pasos básicos para solicitar el certificado digital: en primer lugar se debe solicitar el certificado en la web de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) y llevar al registro el código de solicitud que se generará, además de su documento de identidad (DNI/NIF). Una vez tramitada la solicitud, deberá descargar el certificado en el mismo ordenador desde el que lo solicitó, accediendo al apartado ‘Descarga de certificado’ de la web de la FNMT.

Otra opción es autorizar a alguien que tenga certificado digital, por ejemplo una gestoría, a presentar la solicitud en su nombre, para lo cual el autónomo tendrá que hacer un documento de autorización a esa persona o empresa para que presente en su nombre la solicitud.

¿Cómo se hace la solicitud?

El procedimiento se ha simplificado al máximo para agilizar la tramitación y que los beneficiarios cobren las ayudas lo antes posible. Por eso, el propio formulario ya es la solicitud e incluye una declaración responsable: los interesados sólo tienen que marcar las casillas indicando que cumplen con los requisitos que exige la orden de ayudas.

¿Cuáles son esos requisitos?

Ser trabajador autónomo/a con domicilio fiscal en Andalucía, estar afiliado al RETA por cuenta propia o en la mutualidad correspondiente, no haberse acogido a la prestación extraordinaria por cese de actividad del Gobierno central (Real Decreto Ley de 17 de marzo) y no superar el triple del Salario Mínimo Interprofesional (unos 39.900 euros si es individual, 53.200 si es conjunta) en la base liquidable general y del ahorro de su declaración de la renta de 2018. También hay que marcar las casillas de que no se tienen deudas con la Seguridad Social o la Agencia Tributaria.

¿Qué datos y documentación hay que que aportar?

Se necesita aportar datos y certificados básicos, como el DNI-NIF, el domicilio fiscal, el empadronamiento en Andalucía, el alta en el régimen especial de la Seguridad Social o en la mutualidad alternativa, declaración del IRPF de 2018 y un número de cuenta al que se pueda ingresar la ayuda.

¿Es compatible esta ayuda con otras de la Junta y el Gobierno central?

Esta nueva ayuda es compatible con la tarifa plana estatal y con las ayudas de la Junta que amplían dicha tarifa plana, aunque es incompatible con la prestación extraordinaria por cese de actividad del Gobierno central.

¿Hasta cuándo se puede pedir?

La fecha límite para solicitar esta ayuda será de 15 días después de que se declare finalizado el estado de alarma.

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